CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DMG VIP LIMOUSINES, S.L.
La sociedad mercantil DMG VIP LIMOUSINES S.L. con CIF número B54664867, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, datos de inscripcion HOJA A-132127, TOMO 3641, FOLIO 157, INSCRIPCION 1ª, (en adelante, “DMG VIP LIMOUSINES” o la “Empresa”, indistintamente) y aquella/s persona/s física/s o jurídica/s (en adelante, el “Usuario”) que contrate los servicios de DMG VIP LIMOUSINES que se exponen más adelante, se comprometen y aceptan a cumplir con las condiciones contractuales del presente documento (en adelante, el “Contrato”) y que a continuación se desarrollan y que se regulan mediante las siguientes
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- DMG VIP LIMOUSINES, S.L., arrienda en este acto al Usuario, un vehículo automóvil con las características descritas en el anverso de este Contrato, junto con el servicio de conductor profesional, para su traslado o, en su caso, el de las personas por él designadas, al destino que haya sido contratado previamente a cambio del precio estipulado en las tarifas (iva incluido) y en los términos y condiciones que se vayan desarrollando a lo largo de este Contrato. La prestación de este servicio de arrendamiento de vehículos con conductor se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la Orden Ministerial 36/2008 de 9 de enero y su modificación FOM 3203/2011 de 18 de noviembre por la que se desarrolla la sección 2ª del capítulo IV del título V del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, sobre el arrendamiento de vehículos con conductor. Todos los vehículos cuentan con autorizaciones de transportes VTC, ámbito nacional expedidas por la Generalitat Valenciana.
SEGUNDA.- El precio de este servicio de arrendamiento de vehículo con conductor que el Usuario deberá pagar a la Empresa, será el contratado en el momento de la reserva como resultado de la suma de los diferentes conceptos que conforman las tarifas señaladas en la hoja de reservas que realice el Usuario y/o, en su defecto, las personas que hayan sido designadas por él, durante el tiempo de duración de este Contrato. No obstante, en caso de que el servicio tenga una duración o trayecto superior al inicialmente pactado, éstos se facturarán a parte de los servicios ya contratados, de acuerdo, siempre, con las tarifas vigentes. El Usuario conoce y acepta las tarifas y precios que encuentran a su disposición y expuestas en todo momento en los locales de la Empresa y en la presente página web.
TERCERA.- El precio anteriormente descrito incluye (i) el seguro obligatorio de viajeros regulado por el Real Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre, contratado por la Empresa. Asimismo, y de conformidad con el Artículo 3.2 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres; (ii) el Impuesto sobre el Valor Añadido vigente. Cualquier otro tipo de impuesto, tasa o tributo en general será añadido al precio siempre y cuando así lo establezca la normativa estatal, autonómica o local vigente; y, (iii) la responsabilidad de la Empresa de las consecuencias que se deriven de la no ejecución del Contrato en proporción a su intervención en la gestión del viaje, quedando eximida de responsabilidad cuando la causa sea imputable a un Usuario o a un tercero.
CUARTA.- El Usuario podrá resolver o anular el presente Contrato sin penalización alguna siempre que lo comunique a la Empresa con cuarenta y ocho (48) horas o más de antelación a inicio del servicio. En caso de una anulación entre las cuarenta y ocho (48) horas y veinticuatro (24) horas anteriores a la realización de los servicios, el Usuario deberá abonar el cincuenta (50%) por ciento de precio del servicio que hubiere contratado. Si la anulación se produce con menos de veinticuatro (24) horas de antelación, el Usuario abonará el cien (100%) por ciento del precio del servicio contratado, todo ello, en concepto de los de indemnización por los trastornos producidos a la organización de la Empresa.
QUINTA.- La Empresa se compromete a poner a disposición del Usuario el modelo de vehículo de turismo inicialmente contratado o uno de similares características y con idéntico precio, en el supuesto en el que el primero no se encontrase disponible.
SEXTA.- La Empresa responderá frente al Usuario, en proporción a las obligaciones que le correspondan por su ámbito de gestión, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, salvo cuando las faltas observadas en la ejecución sean imputables al Usuario, o a un tercero ajeno al servicio contratado y revistan un carácter imprevisible o insuperable, o a motivos de fuerza mayor, o a un acontecimiento que la Empresa, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar. El equipaje del Usuario no es objeto de contrato de transporte terrestre, entendiéndose a todos los efectos que éste lo conserva siempre consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo donde esté situado, sin que la Empresa sea responsable de los daños o deterioros que pudiera sufrir durante el viaje.
SÉPTIMA.- La Empresa se compromete, en el supuesto de interrupción del servicio por causas imputables a ella misma, a poner a disposición del Usuario, a la mayor brevedad posible, un vehículo de similares características, con el objeto de prestarle el servicio contratado, quedando la Empresa, en este caso, exenta de rembolsar el precio al Usuario.
OCTAVA.- Según la Ley 34/2002 de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, el presente contrato, en caso de confirmación, se entiende celebrado en Alicante. La Empresa se compromete a confirmar el servicio contratado en un plazo máximo de 24 horas desde la aceptación del presente.
NOVENA.- Si alguna Estipulación del presente Contrato no fuera válida o exigible, tal Estipulación no afectará a la validez del presente Contrato ni a las demás Estipulaciones del mismo y se tendrá por sustituida por otra válida y exigible que produzca análogo resultado. Si durante la vigencia del presente Contrato la normativa que regula las funciones, servicios, precios, características de los transportes de naturaleza terrestre se modificase o derogase la anterior, el Contrato permanecerá vigente hasta su vencimiento con la normativa aplicable al momento de su contratación.
DECIMA.- Nuestra pasarela de pago sólo admite comercio seguro. El proceso de compra enlazará con la página de nuestra entidad bancaria, de esta forma, los datos no son retenidos por DMG VIP LIMOUSINES, sino que son enviados directamente mediante un protocolo seguro (HTTPS) al banco que opera con nosotros. Así, te ofrecemos la máxima seguridad y confianza. El precio incluye el impuesto sobre el valor añadido (iva).
UNDÉCIMA.- De conformidad con lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que todos los datos personales que nos ha facilitado para formalizar el contrato de prestación de servicios, han sido guardados e incluidos en un fichero automatizado de datos denominado CLIENTES WEB, del que es responsable DMG VIP LIMOUSINES S.L. quien guardará y utilizará estos datos con la finalidad única de la prestación del servicio contratado. Siempre podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante correo electrónico en reservas@alicanteviptransfer.com.
DUODÉCIMA.- Las partes, con renuncia expresa al fuero que les pueda corresponder, acuerdan someter cualquier diferencia o desacuerdo dimanante de la validez, interpretación, cumplimiento o ejecución de lo contenido en el presente Contrato a los Juzgados y Tribunales de Alicante. A estos efectos, tanto la Empresa como el Usuario designan expresamente que los domicilios a efectos de notificaciones serán siempre los que consten en el anverso de este Contrato.